miércoles, 17 de marzo de 2010

La discriminación en el trabajo

-------------------------------------------------------------------------
Discriminación de la que su empleador es responsable:
-------------------------------------------------------------------------
La ley sobre igualdad de salarios, discriminación por raza y sexo, y discriminación por discapacidad afecta a todo el mundo en su lugar de trabajo.

La discriminación en base a la religión o a las creencias, y en base a la orientación sexual es ilegal.

Todos los trabajadores están protegidos contra la discriminación, incluyendo:

* los aprendices

* los trabajadores por cuenta propia o autónomos que trabajan en las oficinas de la persona que los contrata.


* los solicitantes de empleo.

Su empleador debe protegerle de la discriminación de otros trabajadores y debe demostrar que ha tomado medidas efectivas para prevenirlo. Debería haber un claro reglamento sobre igualdad de oportunidades (equal opportunities statement) en su lugar de trabajo.

----------------------------------------------------------------------------
Igualdad de salario – discriminación entre Hombres y Mujeres
----------------------------------------------------------------------------
Tanto las mujeres como los hombres tienen derecho a recibir el mismo salario por hacer el mismo trabajo o un trabajo del mismo tipo. Si usted piensa que le están pagando menos que a alguien del sexo opuesto en su lugar de trabajo, puede presentar una demanda contra su empleador basándose en la Ley de igualdad salarial del 1970.


Si el trabajo es del mismo tipo, su empleador debe demostrar que existe una razón genuina para la diferencia de salarios.

Para presentar una demanda sobre igualdad de salarios en el Tribunal de Empleo usted tiene que comparar su trabajo con uno equivalente o similar que haga alguien del sexo opuesto. Si usted ya ha dejado su trabajo debe presentar la demanda en los seis meses siguientes después de irse.

----------------------------------------------
Discriminación racial y sexual
----------------------------------------------
* La legislación por raza y sexo se aplica en todos los aspectos del trabajo desde el primer día.

* “Racial” incluye el color, la raza, la nacionalidad, los orígenes étnicos o nacionales, pero no la religión.

* La discriminación sexual incluye discriminación en base al sexo, al estado civil o al cambio de sexo.

Tipos de discriminación:
directa, indirecta y victimización

Discriminación directa
-------------------------------------------
Es aquella en la que tratan a un trabajador peor que a otro en circunstancias similares, es despedido o seleccionado para hacer reducción de plantilla o está siendo acosado debido todo ello a su raza, sexo o estado civil.

------------------------------------------------
Discriminación sexual automática
------------------------------------------------
Es aquella en la que tratan a una mujer peor que a sus colegas por alguna razón relacionada con su embarazo o permiso por maternidad.

------------------------------------------------
Discriminación indirecta
------------------------------------------------
Tiene lugar cuando un grupo de personas es incapaz de cumplir con unos requisitos o unas prácticas en el trabajo del mismo modo que el resto del personal debido a su raza, sexo o estado civil, de manera que existe una desproporción y el grupo está en desventaja respecto al otro.

----------------------------------------
Victimización
----------------------------------------
Tiene lugar cuando tratan a un trabajador peor porque él/ella se ha quejado de discriminación o ha testificado por otro trabajador en un caso de discriminación.

---------------------------------------------
Acoso o abuso
---------------------------------------------
Puede ser en forma de intimidación (bullying) o agresión física, ya sea por parte de su empleador o en circunstancias en las que su empleador no atiende apropiadamente su reclamación.

----------------------------------------------------
Acción positiva
----------------------------------------------------
Cuando ofrecen condiciones laborales más favorables a alguien de un sexo o una raza en particular con el objetivo de promover la igualdad. Generalmente es ilegal, excepto:

* si es para facilitar el acceso a unos servicios básicos a personas de un determinado grupo racial con el objetivo de satisfacer sus necesidades respecto a su educación, capacitación profesional o bienestar social.


* si es para permitir a los empleadores que animen a personas de una determinada raza o sexo a solicitar trabajo o a realizar programas de capacitación profesional, cuando el número de mujeres o personas de ese grupo racial que trabajan en ese campo es muy pequeño.

Circunstancias en las que la discriminación está permitida Preferira una persona de una determinada raza


Preferira una persona de una determinada raza


* Para un papel de interpretación o en espectáculos, o para trabajar en un restaurante étnico, ya que le daría más autenticidad;


* para ofrecer servicios personales para el bienestar de las personas del mismo grupo racial con el fin de proporcionar esos servicios de una forma más eficaz; o


* para trabajar en una casa particular.

Preferir a una persona de un determinado sexo


* cuando el trabajo necesita que sea un hombre o una mujer por razones de fisiología (excluyendo la fuerza física o la resistencia), o un actor u otro tipo de artista para darle autenticidad;


* para mantener la decencia o la privacidad, lo cual incluye el trabajo en una casa particular o en establecimientos de uso unisexual donde la gente necesita cuidados especiales;


* para ofrecer servicios personales que promuevan el bienestar o la educación de personas del mismo sexo, para proporcionar esos servicios eficazmente.
Discriminación por discapacidad.


¿Quién está protegido contra la discriminación por discapacidad?

Si usted tiene un impedimento físico o mental que le afecta sustancialmente para desarrollar sus tareas diarias, sus derechos en el trabajo estarán protegidos por la Ley contra la Discriminación por Discapacidad de 1995 (Disability Discrimination Act 1995). Esta protege a los empleados y a los solicitantes de trabajo, pero no en las empresas donde hay menos de 15 empleados, no a empleados de barcos o aviones, bomberos, policía o trabajadores de prisiones o miembros de las fuerzas armadas.

La discriminación por discapacidad ocurre cuando:


* a usted le tratan peor debido a su discapacidad; o


* su empleador no realiza los “reajustes oportunos” para resolver las dificultades que tiene en el trabajo y no tiene justificación por no hacerlo.

---------------------------------------------------------
Reajustes oportunos en el trabajo
---------------------------------------------------------
Los reajustes oportunos incluirían:

* reformas para quitar los obstáculos que le ponen a usted en una situación de desventaja


* cambios físicos en su lugar de trabajo


* cambios en las cláusulas de su contrato


* ofrecer capacitación profesional, cambiar los reglamentos, o poner un lector o un intérprete y supervisión.


Lo que es “oportuno o razonable” depende de las circunstancias individuales.

------------------------------------------------------------
Otras formas de discriminación
------------------------------------------------------------
Trabajadores/as con VIH (seropositivos/as) o SIDA

Las personas portadoras del SIDA o seropositivas (VIH) normalmente no están protegidas por la ley contra la discriminación por discapacidad, sin embargo las personas con SIDA si lo están. Estar infectado por el virus del SIDA podría ser causa justificada de despido si:

* usted se pone enfermo;


* el VIH/SIDA constituye un peligro para la salud de otros.

Acosar a alguien que es seropositivo o tiene SIDA puede ser una causa de despido.

Si usted es el trabajador al que están acosando podría demandarles por dimisión o renuncia forzada (constructive dismissal) si su empleador no toma cartas en el asunto y le da el apoyo que necesita.

--------------------------------------------------------------
Discriminación por la edad
--------------------------------------------------------------
Para el año 2006 hay una legislación planeada para prevenir la discriminación por la edad. El gobierno ha lanzado una campaña para acabar con este tipo de discriminación en el lugar de trabajo. Si usted quiere reclamar despido improcedente o discriminación en base a esto vea el folleto general Sus derechos laborales.

* Si a usted le han discriminado en el trabajo

* Si usted cree haber sido victima de cualquier tipo de discriminación y está pensando en tomar medidas legales vea el folleto Conflictos en el trabajo.

Recuerde que si usted tiene un problema relacionado con el ejercicio de sus derechos, la forma más eficaz y rápida de resolverlo es siempre hablando con su empleador, y buscar asesoramiento especializado antes de decidirse a tomar medidas legales.

0 comentarios:

 
© 2007 Template feito por Templates para Você